Accesibilidad
DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD
La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y la Fundación Siglo para el Turismo y las Artes de Castilla y León se han comprometido a hacer accesibles sus sitios web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica a los sitios web bajo dominio www.cocinandocontrufa.com que contengan esta declaración.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
- falta de conformidad con el RD 1112/2018: el sitio web de Fundación Siglo para el Turismo y las Artes de Castilla y León, www.cocinandocontrufa.com, tiene un alto grado de cumplimiento con el nivel Doble A según las Pautas de Accesibilidad al Contenido de la Web 2.1 de la Web Accessibility Initiative (WAI) del World Wide Web Consortium aunque se ha detectado algunas disconformidades:
- Generación de contenido desde hojas de estilo.
- Bloqueada la posibilidad de hacer zoom en el navegador.
- Indicador del foco del teclado no visible.
- el contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable: pueden existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 2 de marzo de 2021.
La declaración se fundamenta en el Informe de Accesibilidad llevada a cabo por parte de UX CREATIVE.
Última revisión de la declaración: 9 de noviembre de 2022.
Observaciones y datos de contacto
Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad A través del siguiente FORMULARIO o en el teléfono 983 329 420 puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018 como por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
Solicitudes de información accesible
A través del FORMULARIO DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN ACCESIBLE puede presentar:
- una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
- una Solicitud de Información accesible relativa a:
- contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
- contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Quejas
A través del formulario de Sugerencias y quejas puede presentar una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
Recepción de comunicaciones
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios.
Procedimiento de aplicación
El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entrará en vigor el 20 de septiembre de 2020 según lo contemplado en su disposición final quinta.
Reclamación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de no haber obtenido respuesta.
Se presentarán a través del formulario de reclamación sobre accesibilidad web y serán recibidas y tratadas por la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno.
Recurso
Contra la resolución de la reclamación regulada en los anteriores artículos se podrán interponer Recurso de ALZADA ante el Viceconsejero de Transparencia y Calidad de los Servicios.